El 25 de Mayo de 2012 el Consejo de Ministros presentaba mediante Real Decreto Ley una nueva fórmula para facilitar la apertura de establecimientos comerciales simplificando los procedimientos de Licencia de Apertura que se requerían a priori y que tanto demoraban la apertura de los negocios una vez iniciada la inversión inicial. Una medida que pretende favorecer la recuperación económica y el empleo mediante la apertura de nuevos negocios, especialmente en el caso de las pequeñas empresas.
Es de destacar que, a la hora de crear una empresa, España aparece como el segundo país de Europa donde más trámites es necesario realizar, por ello la necesidad de establecer un sistema más ágil que permita a los Emprendedores minimizar los trámites burocráticos y ganar tiempo a la inversión.
Con esta nueva normativa se podrá iniciar la actividad sin necesidad de Licencia previa de Apertura, bastando con una simple declaración responsable o comunicación previa siempre que el declarante demuestre el pago del correspondiente tributo. Tampoco serán exigibles las licencias o autorizaciones previas para realizar obras de acondicionamiento de los locales al objeto de desempeñar una actividad comercial.
Podrán acogerse a este sistema aquellas actividades comerciales minoristas y de prestación de determinados servicios previstos en el anexo del Real Decreto-Ley, siempre que se realicen en establecimientos permanentes dentro de España y cuya superficie no sea superior a los 300 metros cuadrados. Quedan excluidas expresamente de esta regulación aquellas actividades que supongan un impacto sobre el patrimonio histórico-artístico o en el uso privativo de los bienes públicos.
Con esta medida, diseñada para facilitar la creación de nuevas empresas, se entenderá que no existe necesidad de controles previos dado que se trata de actividades que, por su naturaleza, por las instalaciones que precisan y por la dimensión del establecimiento, no tienen un impacto que requiera de un control técnico previo para su autorización, por lo que éste pasa a ser a posteriori.
Puede encontrase información más detallada en el Real Decreto-ley 19/2012 de 25 de mayo de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
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