Mediante este curso, los alumnos serán capaces de interpretar de manera sencilla la nueva normativa sobre el Blanqueo de Capitales y de Financiación del Terrorismo (ley 10/2010 de 28 de abril). Es imprescindible conocer las obligaciones de los sujetos implicados, tanto por parte de la empresa, como de los empleados y acerca de la comunicación de los hechos a los órganos de control de Blanqueo de Capitales. Según la propia ley «Los sujetos obligados adoptarán las medidas oportunas para que sus empleados tengan conocimiento de las exigencias derivadas de esta Ley. Estas medidas incluirán la participación debidamente acreditada de los empleados en cursos específicos de formación permanente orientados a detectar las operaciones que puedan estar relacionadas con el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo e instruirles sobre la forma de proceder en tales casos. Las acciones formativas serán objeto de un plan anual que, diseñado en función de los riesgos del sector de negocio del sujeto obligado, será aprobado por el órgano de control interno.” Entre los sujetos obligados por la ley podemos citar las empresas y empleados de Entidades de Crédito, Aseguradoras y Corredores de Seguros, Empresas de servicios de Inversión, Entidades gestoras de fondos de Pensiones, Entidades de pago, Profesionales de cambio de moneda, Servicios postales, Intermediarios en la concesión de préstamos o créditos, Promotores y agentes inmobiliarios, Auditores de cuentas, Contables externos, Asesores fiscales, Notarios y registradores de la propiedad, Abogados y procuradores, Joyerías, Comercios de arte y antigüedades, Comerciantes de loterías, Casinos de juego, etc.